Reglamento Institucional

Reglamento Institucional

Art. 1:  Las disposiciones preliminares, de la Misión, Objetivos y Dependencias de los Institutos referirse al Art. 1 al 14 del Reglamento General de Institutos.
Art. 2:  De los Profesores:  Son funciones de los profesores del Instituto Superior Dr. Carlos María Carena:
a)    La enseñanza, la producción del conocimiento, la extensión, capacitación, investigación y participación en el Consejo Institucional.
b)     Desarrollar la planificación, evaluación y gestión de la enseñanza de acuerdo con los objetivos de la Institución, se realizarán reuniones por Carrera.
c)     Controlar la asistencia de los estudiantes.
d)    Colaborar con las autoridades en el mantenimiento de la convivencia y respeto a las normas sociales e institucionales.
e)    Desempeñar con eficacia y eficiencia la función cumpliendo las normativas vigentes, los coordinadores están a disposición de cualquier necesidad y/o sugerencia.
f)     Asistir y participar en las reuniones a las que sea convocado, así también a los actos institucionales y sociales.
g)    Informar de las situaciones académicas de los estudiantes en tiempo y forma. 
h)    Completar libros de tema y asistencia.  Justificar las inasistencias dentro de las 48 hs con certificado médico u otro comprobante.  Recuerden que las inasistencias por razones particulares son bimestrales y corresponden al nº de horas semanales x 0,8.
i)      La inasistencia no justificada a actos institucionales, exámenes o reuniones de personal  fijadas por el Director, los Coordinadores o el Consejo Institucional se  computará doble, según art. 50 del Reglamento General de Institutos de Nivel Superior.
Art. 3 DE LOS ESTUDIANTES DE NIVEL SUPERIOR
CONDICIONES DE INGRESO
:
Podrán ingresar a realizar estudios de Nivel Superior al Instituto Superior Dr. Carlos María Carena quien cumpla con los siguientes requisitos:
1.     Matricularse en tiempo y forma.
2.     Poseer título de nivel medio completo.
3.     Mayores de 25 años, que no hayan completado sus estudios secundarios y rindan un examen complementario en el mes de Abril de 2008, según Resolución Ministerial 25/02, de acuerdo con el Art. 7º de la Ley 24.521. (Retirar los programas en Secretaría).
4.     Se pueden inscribir en forma condicional quienes adeuden hasta 2 materias de Nivel Medio, debiendo normalizar su situación hasta septiembre de 2008.

Régimen de Asistencia y  de Evaluación del CUI:
El CUI  no es obligatorio para los ingresantes que tengan título de Nivel Superior y alumnos del Instituto Carena que lo hayan cursado y aprobado desde el año 2.006.   
Se desarrollará desde el 6/3/08 al 28/03/08 de 18 a 21 hs.
Acreditarán el cursillo mediante la aprobación de los Espacios  de Lengua y Matemática, quienes cumplan con los siguientes requisitos.
1.-   En condición promocional:
Asistir a un 80 % de las clases.
Aprobar con 7(siete) o más puntos en cada práctico de cada espacio.
2.-  Quien no cumpliera con las condiciones del ítem 1, deberá rendir un examen final por cada espacio.
3.-  Si no aprobara en las instancias anteriores tendrá 2 recuperatorios por espacio en Mayo y Agosto.
4.-  Si no aprueba el CUI, NO podrá rendir examen final de ningún Espacio Curricular de primer año.     


Art. 4 CONDICIÓN DE LOS ESTUDIANTES

    En los Institutos de Nivel Superior No Universitario de la Provincia de Córdoba se admite la condición de estudiante:
a)    Regular
b)    Regular Especial
c)     Estudiante libre

Art. 5 .RÉGIMEN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES

De los estudiantes regulares y regulares especiales.
 Los alumnos regulares o regulares especiales, podrán promocionar los espacios curriculares de las siguientes maneras:
A)     Promoción Directa
B)    Examen Final
PROMOCIÓN:
Podrá acceder a la Promoción Directa aquel estudiante que reúna concurrentemente los siguientes requisitos:
a)     Haber asistido a un 80% como mínimo de las clases.
b)    Haber aprobado el 100% de los Trabajo Prácticos con calificación no inferior a 7 (siete) en cada uno de ellos.
c)     Haber aprobado cada Examen Parcial con calificación no inferior a 7 (siete).
d)    Los trabajos prácticos y parciales no tienen recuperatorios;
e)     La promoción directa se logra además   aprobando un Coloquio Integrador, con calificación no inferior a 7 (siete), a cargo del Profesor del Espacio Curricular.
f)     La ausencia a la instancia de coloquio sólo puede ser justificada por causa de maternidad (amenaza de aborto, parto, postparto).
EXAMEN FINAL
Podrá acceder a Examen Final los estudiantes que reúnan los siguientes requisitos:
a)    Haber acreditado el 80% de asistencia a clases.
b)    Haber aprobado  con promedio no inferior a 4 (cuatro) los Trabajo Prácticos (2 como mínimo en cada cuatrimestre), pudiendo recuperar sólo uno por cuatrimestre, en el período de recuperatorios dispuestos para tal fin al terminar el cuatrimestre.
c)     Haber aprobado cada Examen Parcial con calificación no inferior a 4 (cuatro). Los parciales se tomarán al final de cada cuatrimestre, por lo tanto los espacios curriculares anuales contarán con dos instancias, cuyas fechas y horarios se darán a conocer con un mes de anticipación como mínimo.  Los parciales pueden ser orales o escritos.  El mismo tendrá sólo una instancia de recuperación por cuatrimestre.
d)    Inscribirse en la mesa de examen del Espacio Curricular, en los plazos establecidos.
e)    También podrá acceder al Examen Final quien haya perdido su condición de Promocional en el Coloquio.
f)     El Examen Final, se aprueba con calificación no inferior a 4 (cuatro), en un Tribunal Examinador.
g)    Para justificar la inasistencia a un práctico o parcial, debe realizarse con certificado médico,  antes de la evaluación y lo deberá rendir en la semana de recuperatorios.  La inasistencia, sin justificación en tiempo y forma, equivale a Ausente.